PRL T1

 

caso practico inicial

estudios del caso pg 5


1. cortes, pinchazos, intoxicación, caídas, sordera, golpe de calor, insomnio, cansancio, lesiones en articulaciones.


2. no, si tuviese suficiente formación no tendría estos problemas y el jefe no le a proporcionado toda la información suficiente para trabajar seguro.


3. porque alguien dejo una herramienta haciendo que Javier cayera alarmando a su compañero, haciendo que a su vez se le cayera un martillo en el dedo partiéndose el hueso.


4. primero al supervisor o encargado en algunas ocasiones a recursos humanos o la aseguradora como la mutua. 


5. un dedo roto y un tabique nasal roto. si,porque no van a poder trabajar bien uno no va a poder andar sin ayuda y otro lo tienen que operar.

5.1 cansancio y descuido.

5.2 menos horas de trabajo o descansos entre horas un puesto individual y un supervisor pendiente.

1. ¿Qué nos aporta el trabajo?

nos aporta satisfacción y realización personal y recursos económicos 


2. Definición de salud según la OMS

es un estado de completo bienestar físico y mental 


3. ¿Qué condiciones medioambientales pueden generar riesgos para la
seguridad y la salud del trabajador?

físicos, químicos y biológicos como por ejemplo polvo, virus, temperatura.


4. ¿Cuáles son los posibles daños a la salud derivados del trabajo?

enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión de trabajo. 


5. Desde el punto de vista técnico, ¿en qué consiste la enfermedad profesional?

el deterioro paulatino de la salud del trabajador por la sobreexplotación reiterada a situaciones insalubres producidas en el trabajo, el medio ambiente en el trabajo o la forma en que este se desarrolla. 


6. Definición de accidente de trabajo.

toda lesión corporal que sufre el trabajador por cuenta ajena, con ocasión o como consecuencia del trabajo.


7. Realiza una tabla con las diferencias entre enfermedad profesional y accidente
de trabajo.

enfermedad profesional:

consecuencia del trabajo ordinario.

aparición de una EP estudiando el medio ambiente laboral. 

no es posible precisar la fecha exacta.

la técnica para luchar contra las EP es la higiene 


accidente de trabajo:

sucede por un acontecimiento anormal en el medio laboral

no se puede prever cuando tendrá lugar un AT

el AT se produce en un momento concreto.

la técnica para evitar los AT es la seguridad.                              


8. Indica otros tipos de daños que se pueden sufrir además de accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales.

estrés, fatiga laboral, acoso laboral y síndrome de estar quemado.


9. Señala, en cada situación, si se trata de una enfermedad profesional o de un
accidente de trabajo y de qué tipo:
 Asma producida por la fabricación y empleo de antibióticos. ET grupo 1
 Un delegado de personal es atropellado cuando se dirigía de su centro
de trabajo a una papelería para fotocopiar unos folletos informativos
sobre la próxima huelga general. AT grupo 2
 Asbestosis de un trabajador que manipula frenos y embragues. ET grupo 5
 Un trabajador que tenía escoliosis (desviación de la columna), nota que
se agravan sus dolencias después de llevar varios años trabajando en
un almacén, cargando y descargando material. ET grupo 2
 Lesión ocular por introducción de una esquirla, mientras se estaba
soldando metal. AT físico
 Saturnismo de una persona que ha trabajado en minas de plomo. AT grupo 6
 Esguince de tobillo por una caída en las escaleras del metro, al dirigirse
al trabajo. ET grupo 2
 Un accidente de tráfico, que sufre un abogado de empresa, cuando
acude desde el despacho a los Juzgados, para representar en juicio a
la empresa. ET grupo 2
 Hipoacusia causada por trabajos de calderería. AT grupo 2


10. Indica los deberes generales de una empresa en materia de prevención.

garantizar la seguridad y la salud, integrar la actividad preventiva, cumplir la normativa y asumir el coste.


11. Derechos y deberes de los trabajadores en materia de prevención de riesgos
laborales.

informar y formar, consultar y permitir a los trabajadores su participación, equipos y medios de protección, vigilar de forma periódica la salud de los trabajadores, especial protección a otros colectivos y paralizar la actividad de la empresa en caso de riesgo grave e inminente.


PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Tema 1: Seguridad y salud en el trabajo 2

12. Indica cuales son las sanciones que puede recibir un empresario por incumplir
las normas ( incluidos los convenios colectivos)

económica, suspensión temporal o cierre de la empresa, paralización de trabajos, recargo en las prestaciones económicas de la seguridad social, aumento de las primas, abono directo de las prestaciones económicas de la seguridad social y inhabilitación.


13. Qué ley sienta en España las bases normativas de la seguridad y salud de los
trabajadores? Qué nuevo enfoque establece esta ley en materia de seguridad y salud en el trabajo?

31/1995, de 8 de noviembre de (PRL)

14. Indica los organismos públicos que velan por la seguridad y la salud laboral en
el ámbito internacional.

la organización internacional del trabajo.

la agencia europea para la seguridad y la salud en el trabajo.  


15. Indica los organismos públicos que velan por la seguridad y la salud laboral en
el ámbito nacional.

instituto nacional de seguridad y salud en el trabajo.

la inspección de trabajo y seguridad social.

la comisión nacional de seguridad y salud en el trabajo.

la fundación para la prevención de riesgos laborales.  


16. ¿Cuál es la misión del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo?

tiene como misión el estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, asi como la promoción y apoyo a la mejora de las misma. 


17. Cuál es el objetivo básico de la Inspección de trabajo y seguridad social?

vigilar y controlar que se cumpla la normativa laboral y de prevención de riesgos laborales.




1. el trabajo y la salud

La OMS define la salud como un estado de completo bienestar fisico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. Un concepto multidisciplinar que incluye tres aspectos.

salud social: alude al bienestar respecto a las relaciones con los demás.
salud física: referida a la integridad corporal.
salud psíquica: indicativa de un equilibrio emocional.

se considera condición de trabajo cualquier característica laboral que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajo. incluye:

las características generales de los locales y las instalaciones.

los equipos, producto y útiles del centro de trabajo.

la presencia, naturaleza y nivel de concentración de los agentes:

físicos, químicos y biológicos.

los procedimientos para utilizar y manipular dichos agentes.

la organización y ordenación del trabajo.

cualquier otra característica del trabajo que genere riesgos. 


2. posibles daños a la salud del trabajador

daños derivados del trabajo son: las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

 
2.1. la enfermedad profesional

desde el punto de vista técnico: el deterioro paulatino de la salud del trabajador por la sobreexplotación reiterada a situaciones insalubres producidas en el trabajo, el medio ambiente en el trabajo o la forma en que este se desarrolla.

desde el punto de vista legal: 

enfermedad recogida en el RD 1299/2006, de 10 de noviembre

la enfermedad debe estar provocada por la acción de los elementos o sustancias que se indiquen en el RD 1299/2006.

el motivo de contraer esta enfermedad debe ser la realización de alguna de las actividades listadas en el citado RD.

la enfermedad profesional solo se reconocía a los trabajadores por cuenta ajena. si bien, en la actualidad ya se permite a los trabajadores por cuenta propia (autónomos) cotizar y, por lo tanto, disfrutar de esta cobertura social.

este RD clasifica las enfermedades profesionales en seis grupos:

grupo 1: enfermedades profesionales causadas por agentes químicos.

grupo 2: enfermedades profesionales causadas por agentes físicos.

grupo 3: enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos.

grupo 4: enfermedades profesionales causadas por causadas por inhalación de                    sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados.

grupo 5: enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agente                no comprometidos en alguno de los otros apartados.

grupo 6: enfermedades profesionales causadas por agentes carcinogénicos.


grupo 2: enfermedades profesionales causadas por agentes físicos

agente: enfermedades provocadas por el esfuerzo mantenido de la voz

relación indicativa de síntomas y patologías relacionadas con el agente: nódulos  vocales agudos o crónicos que originan fatiga vocal, con disfonia y dolor a la fonación y, posteriormente, disfonia crónica.

principales actividades capaces de producir enfermedades relacionadas con el agente: actividades en las que se precise el uso mantenido y continuado de la voz, como profesores, cantantes, actores, teleoperadores y locutores.


grupo 3: enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos

agente: virus de: hepatitis B, hepatitis C, VIH y otras infecciones víricas por vía parental (debe haber sido constatado documentalmente con anterioridad.

relación indicativa de síntomas y patologías relacionadas con el agente: hepatitis B, hepatitis C, hepatopatias evolutivas (hepatitis crónica, cirrosis, hepatocarcinoma) de etiologia vírica.
Sida.  

principales actividades capaces de producir enfermedades relacionadas con el agente: personal sanitario, personal no sanitario, trabajadores de centros asistenciales o de cuidados de enfermos,trabajadores de laboratorios de investigación o análisis clínicos, trabajos de toma, manipulación o empleo de sangre humana o sus derivados, odontologos, personal de auxilio y trabajadores de centros penitenciarios.


2.2. el accidente de trabajo

desde el punto de vista técnico: se entiende por accidente de trabajo, todo suceso anormal, no querido, ni deseado, que interrumpe la continuidad en el trabajo, de forma súbita e inesperada y produce daños contra las personas y/o las cosas.

desde el punto de vista legal: la ley general de seguridad social define el accidente de trabajo como toda lesión corporal que sufre el trabajador por cuenta ajena, con ocasión o como consecuencia del trabajo.

accidente de trabajo in itinere: son los que sufre el trabajador, al ir o volver de casa al lugar de trabajo:

                                                            requisitos

que la finalidad principal del viaje sea ir o volver del trabajo al domicilio habitual.

que se produzca dentro del tiempo prudencial que normalmente se invierte en el trayecto y no haya interrupciones temporales que rompan el nexo casual con la ida o vuelta al trabajo.

que sucede durante el recorrido habitual.


Enfermedad profesional (ET)                                       

la enfermedad profesional se contrae como consecuencia del trabajo ordinario.

se puede detectar la posible aparición de una EP estudiando el medio ambiente laboral.

no es fácil presenciar cuando el trabajador ha contraído la enfermedad.

la técnica para luchar contra la EP es la higiene.


accidente de trabajo (AT)

el AT sucede por un acontecimiento anormal en el medio laboral.

no se puede prever en que momento tendrá lugar un AT.

el AT de produce en un momento concreto.

la técnica para evitar los AT es la seguridad.


2.3. otras patologías:

estrés:

síntomas físicos: dolores musculares, cansancio, fatiga, boca seca, nauseas, dolor de estomago, taquicardias

síntomas psicológicos: angustia, preocupación, depresión e histeria, perdida del interés por la salud y la apariencia física, accidentes en el trabajo, agresividad e impaciencia, incapacidad para terminar las tareas.

fatiga laboral

mobbing o acoso laboral:

consiste en una exposición a conductas de violencia psicológica en el lugar de trabajo, dirigidas de forma reiterada y prolongada en el tiempo hacia una o mas personas por parte de otra/s que actua/n frente aquella/s desde una posición de poder (no necesariamente jerárquica).

burnout o síndrome de estar quemado: 

se trata de una respuesta al estrés laboral crónico, integrada por actitudes y sentimientos negativos hacia las personas con las que se trabaja y hacia el propio rol profesional, así como por la vivencia de encontrarse emocionalmente agotado.

3 derechos y deberes en PRL

deberes generales: garantizar la seguridad y la salud de sus trabajadores, integrar la actividad preventiva en todas las fases de la actividad de la empresa, cumplir la normativa de prevención de riesgos laborales, asumir el coste de las medidas de seguridad y salud sin cagarlas sobre el trabajador.

información: respetar las normas de prevención que debe conocer.

Formación: utilizar correctamente las maquinas y herramientas de trabajo y los equipos de seguridad y protección.

paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente: informar de inmediato al superior jerárquico de cualquier situación que, a su juicio, entrañe un riesgo para la salud.

vigilancia periódica de la salud: velar por la seguridad y salud propia, de los compañeros y de terceros que pudieran verse afectados.

consultar y participar: cooperar con el empresario para que pueda garantizar la prevención y protección adecuadas.


4 responsabilidades y sanciones

responsabilidades del empresario:

responsabilidades: administrativa, civil y penal.

sanciones

prisión, económica, suspensión temporal o cierre de la empresa, paralización de trabajos, recargo en las prestaciones económicas de la seguridad social.

normas

ley de prevención de riesgos laborales, LISOS, ley general de seguridad social, código civil, ley de prevención de riesgos laborales y código penal.

órgano sancionador

la autoridad laboral ( la inspección de trabajo y seguridad social indica el proceso y propone una sanción, pero no sanciona).

responsabilidad cultural: tribunales sociales y responsabilidad extracontractual: tribunales civiles.

tribunales penales.

responsabilidades del trabajador:

responsabilidades

administrativa, civil y penal.

sanciones

amonestación, suspensión de empleo y sueldo y despido disciplinario... .

economica

multas, prision

normas

estatuto de los trabajadores, convenios colectivos, ley de prevención de riesgos laborales y LISOS.

codigo civil

código penal

órgano sancionador

el empresario: las sanciones que el imponga, serán revisables por la  jurisdicción competente, la autoridad competente.

tribunales civiles

tribunales penales


clasificación de las sanciones para la empresa:

leves, graves, muy graves.

marco normativo básico:

protección de la salud en el trabajo a través del derecho

derecho comunitario directiva marco 89/391/CEE

constitución española de 1978 

derecho internacional convenios de la OIT en materia de PRL.


derecho nacional: ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

ley general de seguridad social(RDL 8/2015, de 30 de octubre).

ley sobre infracciones y sanciones en el orden social (RDL 5/2000, de 4 de agosto).

normativa nacional de desarrollo:

RD 39/1997 de 17 de febrero

RD 485/1997 de 14 de abril

RD 486/1997 de 14 de abril

RD 487/1997 de 14 de abril

RD 488/1997 de 14 de abril

RD 664/1997 de 12 de mayo

RD 773/1997 de 30 de mayo


6 organismos publicos

6.1 ámbito internacional

la organización internacional del trabajo

la agencia europea para la seguridad y la salud en el trabajo

6.2. ámbito nacional

instituto nacional de seguridad y salud en el trabajo

la inspección de trabajo y seguridad social

la comisión nacional de seguridad y salud en el trabajo

la fundación para la prevención de riesgos laborales


actividades pg 12

2.
no, porque tiene que informarle de todos los riesgos que pueda tener dentro de la empresa y no solo en su puesto de trabajo

3.
si y no, el jefe debería de proporcionarle con los equipos de protección y es correcta la indicación porque vela por la salud de su trabajador.

4.
no, porque estaría poniendo en riesgo a los demás trabajadores haciendo a la empresa incumplir la ley de PRL.

5.
esta incumpliendo los deberes de adoptar medidas para situaciones de emergencia y no elabora un plan de prevención propio.

actividades finales

1.

lugar exacto del accidente: almacén

fecha y hora en la que se produjo el accidente: 10 de febrero a las 12:30

oficio y años de experiencia del accidentado: mozo de almacén 7 años de 
experiencia

lesiones sufridas, ¿es necesaria la baja? rotura de pierna y de muñeca izquierda, si es necesaria la baja

para analizar las condiciones peligrosas o los actos inseguros que contribuyeron mas directamente al accidente, lee el extracto que figura a continuación y descubre aquello que no era correcto en la escalera de mano en relación con:

altura máxima de las escaleras de mano: 3,5 metros

color de la escalera de mano de madera: ninguna, dificulta la detección de los posibles defectos.

sujeción: los puntos de apoyo de la escalera deben quedar en un soporte inmóvil y resistente de dimensiones adecuadas

¿Qué medidas deben tomarse para evitar que se repita el accidente?:

usar escaleras de 3,5 metros como máximo si es de madera no pintarla y no forzarse a alcanzar los objetos que no alcancemos.


pg 19

2.
estaba sufriendo acoso laboral y antes de todo esto debería de haber llevado un registro de todo el acoso y después haberlo reportado con un superior o haberlo denunciado.

3.
no, desde ningún punto de vista ya que esto se cataloga como accidente de trabajo en misión.

4.
la empresa debe facilitar a los trabajadores los equipos y medios de protección adecuados.

5.
no a informado de inmediato al superior jerárquico de cualquier situación que, a su juicio, entrañe un riesgo para su salud.

6.
si que lo hay esta en calle Torrelaguna, 73

7.
se calificara como accidente de trabajo in itinere y como un enfermedad profesional puesto que murió durante la vuelta a su casa y ya se sentía indispuesto durante el trabajo.



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